ORDENANZA GENERAL DE CONTRIBUCIÓN ESPECIAL SOBRE PLUSVALÍA
Los municipios venezolanos cuentan entre sus competencias tributarias
con dos Contribuciones
Especiales asociadas al
desarrollo urbanístico y el ordenamiento territorial.
Este proyecto de Ordenanza regula los aspectos tributarios de la Contribución Especial sobre Plusvalía (CEP) de los inmuebles, generada por los cambios de uso o de intensidad en el aprovechamiento que adquieran los mismos, de acuerdo con las normas que en materia urbanística dictare el Concejo Municipal de Chacao, en concordancia con los principios concebidos por el legislador para orientar el trabajo del Poder Público Municipal, atendiendo a la garantía constitucional de la legalidad administrativa y tributaría, brindando así la seguridad jurídica que requieren los munícipes en general y los potenciales contribuyentes, a quienes esta dirigida esta norma.
OBJETIVO GENERAL:
El proyecto de ORDENANZA GENERAL DE CONTRIBUCIÓN ESPECIAL SOBRE PLUSVALIA tiene por objeto regular todos los elementos tributarios establecidos en la normativa nacional; definir los elementos para el cálculo y regular el destino, administración y control de los ingresos provenientes del pago de la CEP, y además establece el procedimiento de recurrencia administrativa.
1.El hecho generador de la CEP es la norma urbanística, que genera los cambios de uso o de intensidad en el aprovechamiento que adquieran los inmuebles.
2.Este tributo es un mecanismo de gestión urbana, que permite la captación de ingresos extraordinarios, a ser depositados en un fondo fiduciario, separado de la unidad del tesoro, con el objeto de garantizar el financiamiento y ejecución de las obras y servicios que requieren en sus territorios las comunidades existentes y futuras, con el objeto de producir suelo urbano bien servido y equipado.
Este proyecto de Ordenanza regula los aspectos tributarios de la Contribución Especial sobre Plusvalía (CEP) de los inmuebles, generada por los cambios de uso o de intensidad en el aprovechamiento que adquieran los mismos, de acuerdo con las normas que en materia urbanística dictare el Concejo Municipal de Chacao, en concordancia con los principios concebidos por el legislador para orientar el trabajo del Poder Público Municipal, atendiendo a la garantía constitucional de la legalidad administrativa y tributaría, brindando así la seguridad jurídica que requieren los munícipes en general y los potenciales contribuyentes, a quienes esta dirigida esta norma.
OBJETIVO GENERAL:
El proyecto de ORDENANZA GENERAL DE CONTRIBUCIÓN ESPECIAL SOBRE PLUSVALIA tiene por objeto regular todos los elementos tributarios establecidos en la normativa nacional; definir los elementos para el cálculo y regular el destino, administración y control de los ingresos provenientes del pago de la CEP, y además establece el procedimiento de recurrencia administrativa.
1.El hecho generador de la CEP es la norma urbanística, que genera los cambios de uso o de intensidad en el aprovechamiento que adquieran los inmuebles.
2.Este tributo es un mecanismo de gestión urbana, que permite la captación de ingresos extraordinarios, a ser depositados en un fondo fiduciario, separado de la unidad del tesoro, con el objeto de garantizar el financiamiento y ejecución de las obras y servicios que requieren en sus territorios las comunidades existentes y futuras, con el objeto de producir suelo urbano bien servido y equipado.
-Distribuir cargas y beneficios de la urbanización.
-Obtener financiamiento genuino para el desarrollo urbano de la Ciudad (infraestructura, equipamiento, espacios verdes, vialidad, etc.).
-Intervenir positivamente sobre el mercado inmobiliario, desalentando la especulación sobre el suelo.
-Imponer los costos de la urbanización a sus beneficiarios reales.
-Distribuir los recursos para la recuperación de zonas degradadas o con baja inversión del mercado, logrando así una ciudad más justa y equitativa
El desafío que deseamos afrontar con la sancion de esta Ordenanza es tratar de desarrollar el potencial urbanístico del Municipio Chacao, implementando simultáneamente políticas redistributivas, buscando aminorar las desigualdades existentes, a través de presupuestos municipales sustentados en una visión de ciudad ampliamente compartida, que vaya más allá de la simple ejecución del gasto y asumir el reto de utilizar la amplia gama de instrumentos de gestión urbana disponibles, como es el caso de la Contribución Especial sobre Plusvalía, buscando así implantar un nuevo mecanismo urbanístico y tributario, que nos ayude, como sociedad, a dar respuestas al complejo problema del desarrollo urbano sustentable y sostenible de las grandes ciudades latinoamericanas, una de ellas nuestra ciudad capital, Caracas
Acontinuación puede dar CLICK aquí https://www.dropbox.com/s/inek1thsu6qozwb/ANTEPROYECTO%20DE%20ORD.%20GENERAL%20DE%20CONTRIBUCI%C3%93N%20ESPECIAL%20SOBRE%20PLUSVAL%C3%8DA%2004-11-2014.docx?dl=0 para descargar el ANTEPROYECTO DE ORDENANZA DE PLUSVALÍA
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